stimado Señor:
Así es como gobierna nuestro país el partido aprista.
Esta es la respuesta del Presidente de la República, quien en su último mensaje a la Nación indicó que iba a homologar las remuneraciones y pensiones al personal de las FFAA y PNP como reconocimiento a los valientes defensores de la democracia que habíamos vencido a las huestes terroristas.
Pongo a su consideración la Décima Octava, Décima Novena y Vigésima Disposiciones Finales del Proyecto de Ley del Presupuesto General de la República del Año Fiscal 2011.
DÉCIMA OCTAVA.- A partir de la vigencia de la presente norma, el personal militar o policial, independientemente de su cargo o grado obtenido, no podrá percibir en forma simultánea remuneracion y pensión, u otros ingresos adicionales sean por asignación o bono por funciones administrativas, jurisdiccionales y/o de apoyo, por honorarios por servicios no personales, contratación administrativa de servicios –CAS- o locación de servicios, asesorías o consultorías, y aquellas contraprestaciones que se encuentren en el marco de convenios de administracion de recursos y similares provenientes del Estado; salvo por función efectiva de docencia y la percepción de dietas por participación en uno (1) de los directorios de entidades o empresas públicas.
DÉCIMA NOVENA.- Déjese sin efecto todas las disposiciones aplicables al régimen del Decreto Ley N° 19846 referidas a la renovación, homologación o nivelación de las pensiones con las remuneraciones, incluso en el caso de las pensiones de invalidez e incapacidad o de sobrevivencia de dicho régimen.
Asimismo, a partir de la vigencia de la presente norma, las pensiones en el régimen del Decreto Ley N° 19846 no podrán incluir nuevos conceptos pensionables o no pensionables, así como bonificaciones, beneficios y otros goces de cualquier naturaleza que se otorga al personal militar o policial en actividad.
El Poder Ejecutivo remitirá para su aprobación al Congreso de la República las nuevas reglas del régimen del Decreto Ley N° 19846, las mismas que no podrán contemplar la renovación, homologación o nivelación de las pensiones con las remuneraciones.
Esta norma entra en vigencia a partir del dia siguiente de la publicación de la presente ley.
VIGÉSIMA.- Suspéndase, durante los años 2011 y 2012, el ingreso a las Escuelas de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú.
¿Estas Disposiciones Finales son de conocimiento de los Partidos Políticos?
¿Qué opinión al respecto tienen los Comandantes Generales del EP, MGP y FAP y el Director General de la PNP?
¿Cuál es la opinión del Ministro de Defensa y del Ministro del Interior?
Exigimos conocer la opinión de los Comandantes Generales en el término de la distancia.
JAMÁS, LÉASE BIEN, JAMÁS EL PARTIDO APRISTA DEBE VOLVER A GOBERNAR NUESTRO PAÍS.
LA FAMILIA MILITAR POLICIAL SOMOS MILLÓN Y MEDIO DE VOTOS, POR TANTO EN LAS PRÓXIMAS ELECCIONES DEL 2011 PODEMOS ELEGIR A 30 DE NUESTROS COMPAÑEROS MILITARES/POLICÍAS COMO CONGRESISTAS.
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡LLEGÓ LA HORA DE LA UNIÓN!!!!!!!!!!
Enrique G. Llanos Campos
Técnico Super
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