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domingo, 26 de febrero de 2012

“Artemio” cometió crímenes de lesa humanidad y merece la máxima pena

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Cabecilla senderista perpetró ataques generalizados y organizados, como el aniquilamiento de 40 comunidades asháninkas. 
EMILIO GRILLO
El presidente del Fuero Militar Policial, contralmirante (r) Carlos Enrique Mesa Angosto, sostuvo que los delitos cometidos por Florindo Flores Hala,  “Artemio”, constituyen claramente un crimen de lesa humanidad y, por ello, el líder terrorista merece la máxima pena aplicable.
“Conforme al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional y los Convenios de Ginebra y sus Protocolos Adicionales, y a la jurisprudencia de los Tribunales Penales Internacionales para la Ex Yugoslavia (TPIY), Ruanda y Sierra Leona, los crímenes de lesa humanidad presentan cuatro características copulativas y todas esas particularidades se cumplen en el caso del cabecilla senderista”, señaló Mesa Angosto.
El titular del Fuero Militar Policial explicó, en declaraciones a EXPRESO, que las características de ese tipo de delitos son: primero, que sea un ataque generalizado o sistemático; en segundo lugar, que estén dirigidos contra cualquier población civil; tercero, los actos del  perpetrador son parte del ataque; y finalmente, el ejecutor debe conocer que sus actos forman parte del ataque.
30 años de terror
“En el caso de ‘Artemio’, él es miembro de Sendero Luminoso (SL), un grupo terrorista que ha cometido ataques generalizados y organizados durante más de 30 años, en forma prolongada y salvaje, con lo cual se cumple lo primero.  Además, SL tiene como objetivo crear terror en la sociedad y subvertir el orden, por ello su ataque estuvo dirigido principalmente contra civiles. Así, el jefe del Comité Regional del Huallaga participó y/o ordenó el asesinato de pobladores civiles, como las diversas matanzas de campesinos y pobladores en la sierra y en la selva; los atentados con coches bomba que dejaron personas muertas y heridas en Lima; asesinatos selectivos de alcaldes y otras autoridades civiles”, detalló.
Señaló también que los asesinatos y demás crímenes cometidos por “Artemio” formaban parte del plan de SL y que el terrorista siempre ha tenido pleno conocimiento de que sus actos criminales formaban parte de esa estrategia, más aún cuando ha sido su líder máximo durante los últimos años, con lo cual quedan configurados plenamente los delitos de lesa humanidad.
No se arrepiente
Mesa Angosto sostuvo que aún hoy, luego de su captura,  el senderista refuerza su acusación como perpetrador de lesa humanidad, pues no se arrepiente y siente orgullo por los actos de SL, lo cual corrobora su pertenencia y su plena identificación con las execrables acciones.
El especialista en derecho indicó que se debe tener en cuenta la jurisprudencia peruana, pues la Corte Suprema cuando condenó al líder terrorista Abimael Guzmán Reynoso señaló expresamente que el grupo subversivo Sendero Luminoso perpetró atentados y acciones armadas al margen del Derecho Internacional Humanitario e incurrieron en la violación sistemática del artículo 3, común a los Convenios de Ginebra. Es decir, se configuraron crímenes de lesa humanidad.
Atroces actos 
“Ya es hora que los delincuentes terroristas sean condenados con severidad y que sus atroces actos reciban el calificativo que se merecen: crímenes de lesa humanidad”, aseveró.
Finalmente, el presidente del Fuero Militar dirigió una pregunta a ciertas ONG: “¿Por qué ustedes únicamente acusan de lesa humanidad a los militares y policías, y no imputan estos crímenes también a los delincuentes terroristas de Sendero Luminoso y del MRTA?”, inquirió.
Sendero mató a seis mil asháninkas
Las huestes de Sendero Luminoso (SL), lideradas por “Artemio”, acabaron con la vida de 6 mil nativos asháninkas, quienes fueron asesinados o murieron esclavizados debido a la anemia y la desnutrición. Otros 5 mil permanecieron cautivos y alrededor de 10 mil fueron desplazados forzosamente. Entre 30 y 40 comunidades fueron aniquiladas.
Incluso, la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR), proclive a ser complaciente con SL, en su informe final acepta que las acciones del PCP-SL consistieron en el exterminio sistemático, las violaciones masivas de mujeres para impedir que sus hijos fueran asháninkas y los brutales asesinatos a machetazos de las embarazadas.
Incluso, el ex secretario ejecutivo de la Comisión Multisectorial encargada de las Reparaciones a las víctimas de la violencia, Jesús Aliaga, explicó, en declaraciones a la revista Caretas, que “estaban prohibidas las manifestaciones de tristeza, pues eran motivo de sospecha. La desobediencia era sancionada con la muerte y los mandos obligaban a los nativos a festejar la muerte de sus familiares, a reír, tomar masato y hacer vivas al partido y al ‘presidente Gonzalo’.
Cuando los nativos morían, en su mayoría eran arrojados a fosas comunes e incluso muchos enfermos fueron enterrados vivos”.
El dato
El Protocolo I Adicional a los Convenios de Ginebra de 1949, define “civil” como un individuo que no es miembro de las fuerzas armadas o que no es un combatiente (insurgentes, guerrilleros, terroristas, etc.).

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