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domingo, 9 de septiembre de 2012


La Convención del Mar y los Intereses Nacionales: Una Traición
Autor: General Brigada Wilson Barrantes Mendoza.

Los Intereses Nacionales y la Soberanía Marítima
Los Intereses Nacionales son la expresión de deseos colectivos de toda una nación generados por sentimientos de satisfacción de necesidades básicas colectivas  y su defensa supone que nuestra sociedad los perciba como necesarios y vitales y el no verlos de esta manera es culpa del Estado y sus instituciones por no explicarlos adecuadamente,  defenderlos es una obligación y deben ser el punto de partida de todo planeamiento de la Seguridad y Defensa del Estado para frenar cualquier amenaza por intereses ajenos al Estado que nos compromete defenderlos a todos los habitantes de la República: el Perú. Su preservación constituyen un factor de significación territorial, puesto que a mayor extensión territorial otorga mayor poder a un Estado siendo uno de ellos el caso de las 200 millas de mar territorial, la participación peruana en la Antártida, las posibles tensiones en la frontera, son aspectos que ejercen notable influencia en el pueblo y en las instituciones y mantenerlos dan mayor valor al territorio.
La soberanía sobre nuestras 200 millas se   sustenta en la compensación que encontramos frente a la falta de lluvias y agua para la agricultura en nuestro       territorio  debido a la Corriente Peruana de Humboldt que nos ha dado el mar   más rico del mundo; por lo que es cuestión de justicia que administremos los recursos de nuestro mar adyacente hasta las 200 millas,        para proteger la fuente de recursos que alimente a nuestras actuales y futuras generaciones por lo tanto la soberanía sobre las 200 millas ha frenado  la depredación de       nuestro mar y por supuesto los intereses económicos no podían      permitir que países  tercermundistas se opongan a sus intenciones depredadoras de nuestro mar.
La adhesión del  Perú a la Convención del Mar de 1982  que promovió Naciones Unidas reconoce a los Estados ribereños un mar territorial de 12 millas náuticas; ésta  se enfrenta a la  defensa de nuestros  intereses  nacionales ya que con esta adhesión al reconocer una  Zona Económica Exclusiva de orden de 188 millas marinas perderíamos una área de 870,400 Km2, en la práctica a favor de países con gran potencial marítimo industrial, perderíamos soberanía sobre el mar adyacente a sus costas hasta las 200 millas  y por supuesto la sola firma es contraria a la conservación de la intangibilidad de nuestro territorio el que se encuentra definido por la Constitución Política de 1993 la que establece en su Artículo 54°: “El territorio del Estado es inalienable e inviolable.  Comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre. El dominio marítimo del Estado comprende el mar adyacente a sus costas, así como su lecho y subsuelo, hasta la distancia de doscientas millas marinas medidas desde las líneas de base que establece la ley. En su dominio marítimo, el Estado ejerce soberanía y jurisdicción, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de acuerdo con la ley y con los tratados ratificados por el Estado. El Estado ejerce soberanía y jurisdicción sobre el espacio aéreo que cubre su territorio y el mar adyacente hasta el límite de las doscientas millas, sin perjuicio de las libertades de comunicación internacional, de conformidad con la ley y con los tratados ratificados por el Estado”. Como consecuencia de esta afirmación decimos que el Estado peruano ejerce soberanía hasta las 200 millas  
Nos llama la atención que Javier Pérez de Cuéllar, publicara en El Comercio, al igual que llamados “Convencionalistas” falaces razones   para adherirnos a la Convención de la ONU sobre el Derecho del Mar. Esta Convención promueve conceptos contrario a los intereses nacionales, limita los derechos del Estado ribereño a las 12 millas, pese a que  existen la zona económica exclusiva y la plataforma continental, ambas hasta las 200 millas, donde el Estado ribereño tiene derechos de soberanía para la exploración y explotación de los recursos naturales, adicionalmente, establece la zona contigua, de hasta 24 millas contadas desde donde se mide el mar territorial, dentro de la cual  el Estado ribereño puede aplicar medidas para prevenir las infracciones a sus leyes y reglamentos aduaneros, fiscales, de inmigración o sanitarios.



Algunos aspectos controversiales de la Convención del Mar

Que los Artículos referidos a los recursos minerales al igual que  los recursos   vivos  de acuerdo a la convención pasarían a ser  patrimonio común de la humanidad.  (Artículo 136, 137.2, 140.1)Los abanderados de la adhesión  dicen  que  la  Convención  le  conviene  al      Perú;  que  es terrible  que  estemos  aislados,  porque  ya  son  148  los   Estados que  han   adherido;   El Perú perdería totalmente la soberanía en las 200 millas.

Que la CONVEMAR solo sirve para tener en cuenta los   derechos de los demás Estados y  nos obliga a resolver los conflictos sobre una base de equidad, los intereses de las partes así como los de la comunidad  internacional en su conjunto debiendo para ello adecuar nuestras leyes y reglamentos  a la Convención. Por lo tanto este nuevo Derecho del mar ha sido para retirar la soberanía sobre las 200 millas de nuestro mar peruano  y cabe la pregunta para los que simpatizan con la adhesión si la CONVEMAR declararía patrimonio de la humanidad a todo el petróleo   en el Golfo de  Méjico  proclamado el  28  de Setiembre 1945 por los Estados Unidos de América.

Que la CONVEMAR es el instrumento jurídico que norma el derecho del mar olvidándose que estos están establecidos por el  Derecho Internacional norma  anterior y superior a la CONVEMAR.
Que la CONVEMAR fortalece la posición peruana ante  la demanda marítima ante el tribunal internacional de la HAYA nada más falso ya que una cosa es la delimitación marítima con  el establecimiento de  nuevos espacios marítimos que conceptúa la Convención versus un tema de limitación marítima.

Que la CONVEMAR no cambia el concepto Integral de del Mar peruano que incluye fondos y el subsuelo, el espacio aéreo dentro de las 200 millas que  señala nuestra Constitución Política vigente, ya que lo reduce tan solo 12 millas de mar territorial con 12 millas de espacio aéreo. 
Que la CONVEMAR ha superado con métodos justos y equitativos la  Constitución, una serie de Leyes de la República y hasta el propio Decreto del ilustre Presidente Bustamante y Rivero, nada mas falso ya que estas se han aplicado desde 1947.
Que la CONVEMAR es la  autoridad suprema que ha definido criterios de equidistancia y principio de equidad entre otros, nada más falso ya que estos están contenidos en el Derecho Internacional. 
Que la CONVEMAR facilita la solución de las Controversias entre los Estados nada mas falso ya que esta establece que Si la invitación no es aceptada  ó las partes no convienen en el procedimiento, se dará por   terminada la conciliación, lo que nos hace prever que en nuestro diferendo marítimo con Chile , esta convención sería nefasto para nuestra pretensión ya que han dejado sentada su “reserva” señalando que nunca tratarán el tema de la delimitación marítima, en los términos de la Convención del Mar.

Que solo con la CONVEMAR podemos ejercer nuestra soberanía sobre las 200 millas y que es el único que protege nuestros derechos,  desconociendo la existencia del Derecho Internacional, sino preguntémosle a EEUU y a los otros países soberanos como el Perú que no se han adherido, los mismos que los ejerció en 1954 cuando se capturo la flota de Onassis, en 1957 embarcaciones pesqueras norteamericanas, el 2005 embarcaciones chinas   fueron capturadas y obligadas a pagar sus respectivas multas.

Todos los países del mundo firmaron sin problemas la CONVEMAR porque todos quieren  pescar en nuestro rico mar y explotar los  nódulos polimetálicos más allá de las 12 millas todo eso  pasaría a ser  “patrimonio común de la humanidad” y además porque son ellos los que han organizado esta Convención..
 La Convención del Mar y la Delimitación Marítima.
Sostener que con la CONVEMAR se facilita la solución de nuestra controversia con Chile y que nuestra posición se verá fortalecida es falso el Perú  no tendría ninguna posibilidad dentro de los términos de la Convención, ésta fortalece la posición de  Chile y nuestra sospecha es que los que promueven la adhesión están trabajando para el Estado Chileno, él  que inscribió una “reserva” cuando se adhirió  en l997 y que si nos adherimos a la Convención del Mar como Estado Parte ya no podríamos citar el asunto de la delimitación, porque hay  3 artículos de la Convención y una reserva de Chile, que nos lo impedirían. 

Que la CONVEMAR en el Art. 15 (Delimitación del Mar Territorial) se señala que entre   Estados, sean adyacentes o se hallen situados frente a frente, la delimitación se   hará, con la línea media  o equidistante. Pero también dice: “No obstante, esta disposición no será aplicable cuando, por la existencia de  derechos históricos o por otras circunstancias especiales, sea necesario delimitar el mar territorial  en otra forma.” Y en el  Art.  74  –Delimitación de la Zona Económica Exclusiva-  en su numeral  (1) dice  que la delimitación se hará de acuerdo  al Derecho Internacional, con la  línea media; pero en su numeral (4),  el Art. 74.4 dice a la letra: “Cuando exista  un acuerdo en vigor  entre los estados interesados, las cuestiones relativas a la delimitación se resolverán  de conformidad con las disposiciones de ese acuerdo”.  Y como el Perú tiene con chile      el  acuerdo de 1954 para la pesca con el paralelo, que está vigente, además  en el Art. 83 (Delimitación de la Plataforma Continental)  los numerales  (1)  y  (4) dicen exactamente lo mismo que en el Art. 74 citado.  

Que el Estado Chileno al adherirse expresa su “reserva” y al ratificar la Convención del Mar el 23 de Junio de 1997,  dejaron expresa constancia de su negativa a resolver cualquier problema de delimitación aplicando los mecanismos de la Convención como respuesta tardía (11 años)  de Chile  a la Nota 54-M/147 del  23 de Mayo de 1986, cursado por nuestra Cancillería  “sobre la necesidad de proceder a la delimitación formal y definitiva” sin que la Comisión Consultiva de Relaciones Exteriores nunca dijeran nada sobre el “poco diplomático” silencio de 11 años y recién volvieron a las actividades  cuando  los chilenos se enteraron de la Nota Nro. 7  - 1 – SG  /  005 del  09 Enero 2001 a las NN.UU. y entendieron  que  el Perú  estaba actuando decididamente por lo que no es de extrañar una maniobra concertada de medios de comunicación, líderes de opinión, diplomáticos, algunos uniformados, sostengan que debemos adherirnos haciéndole juego al interés chileno para no ir al Tribunal internacional de la Haya y era la única  manera   de asegurarse la “no delimitación” marítima con el Perú.   A ellos no les interesa la tesis de las 200 millas porque ellos no tienen el rico mar que tenemos ya que el recurso pesquero para su industria lo obtienen en la zona en disputa que se necesita delimitar.

Que es claro el interés de Chile que el Perú se adhiera a la CONVEMAR ya que el Perú nunca firmo un Tratado de  Límites., suscribiendo tan solo Acuerdos como La  “Declaración de Santiago” en 1952, y el  “Convenio sobre la zona especial fronteriza marítima” en 1954, ambos relacionados con las 200 millas y con la pesca, por lo que nuestra decisión de estar sometidos al Tribunal Internacional de la Haya  que resolverá con un acuerdo no tiene la Connotación de Tratados de Límites ya que estos no fueron suscritos  y ratificados por los Congresos de Ambos Estados.  

CONCLUSIONES

La Tesis peruana de la 200 millas contemplada en la Constitución Política del Estadio vigente, no es recogida por la Convención del Mar y a la vez ésta no reconoce en forma expresa la soberanía plena sobre nuestro mar territorial,  ya que si bien es cierto ella nos permite dejar sentada nuestra posición, pero los artículos al interior de ella no nos garantizan el disponer de nuestros recursos vivos y  no vivos por el contrario estos quedan a disposición de la humanidad.

Con la Convención del Mar los países ribereños ejercen soberanía solo en el las doce millas de su mar territorial y en esa área las embarcaciones extranjeras tienen derecho al Paso Inocente y nos quieren hacer ver que es el único instrumento jurídico internacional que hará valer nuestros derechos e intereses en todo el espacio marítimo, lo cual es falso pues recogió  con trampa la tesis peruana de soberanía y jurisdicción hasta las 200 millas, formulada en el histórico Decreto Supremo N° 781 de 1947.

La Convención del Mar se constituye en un instrumento jurídico para hacer generar derechos sobre nuestros intereses nacionales a otros Estados en todo el espacio marítimo nacional, de allí que no es casual que uno de los países que no se ha adherido a  ella sea los EEUU y el Perú, en razón de no querer compartir sus intereses nacionales sin ningún motivo con otros Estados.

Si bien es cierto que la Convención del Mar reconoce el derecho exclusivo del Perú para determinar la captura permisible de pesca en su dominio marítimo (zona económica exclusiva), también es bien cierto que pone a disposición de los otros Estado lo que no es posible pescar, sin ninguna razón dejando abierta a que esta posibilidad se dé y hasta contempla la posibilidad que lo hagan y cumplan pagando los derechos respectivos. 

La Convención del Mar contempla la negativa de ejecución de maniobras militares en la zona de las doscientos millas marítimas por otros Estados con ello ya estamos cediendo soberanía ya que esta prohibición es soberanamente nuestra y no de las Naciones Unidas.

Al adherirnos a la Convención del Mar y al participar en la Asamblea de los Estados Parte, en la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos y la Comisión de Límites de la Plataforma Continental y el poder recurrir al Tribunal Internacional del Derecho del Mar para defender nuestros intereses; estaríamos abdicando soberanía  sobre lo que son decisiones nuestras por lo que no es necesario que lo resuelvan terceros.

Si bien es cierto que la Convención del Mar establece la equidad y la línea media o equidistante como criterio para fijar los límites marítimos frente a la falta de un tratado de delimitación marítima entre los Estados,  no nos garantiza soberanía plena en las doscientas millas marítimas de mar y no nos solucionaría nuestro diferendo marítimo con chile por resolverse en el Tribunal Internacional de la Haya y nos parece sospechoso que en este momento estemos tratando este tema cuando pareciera que estaríamos buscando una victoria pírrica  que no agravie moralmente a Chile en dé vez de pensar como patriotas que tratamos de recuperar nuestro a soberanía en cerca de 37,000 kilómetros cuadrados ilegalmente en manos de chile.

Es un falacia sostener que con la adhesión a la Convención del Mar lograremos la conservación de nuestros recursos marinos y la cooperación tecnológica, científica, económica y ambiental de otros Estados, ya que esta la podemos lograr soberanamente disponiendo de la totalidad de nuestros recursos por que somos los peruanos a los únicos a los que nos interesa preservarlos.

Aun cuando la Convención del Mar contemple la obligación a los Estados a responder por el daño medio ambiental, ésta   está garantizada por la exigencia soberana a quien infringe este daño dentro de nuestra soberanía marítima.

Hay que preguntarles a los que promueven la adhesión a la Convención del Mar que ¿si esta nos garantiza la soberanía  sobre las doscientas millas, nos asegura los recursos marítimos en el subsuelo marítimo y la intangibilidad de nuestros recursos pesqueros, entonces por qué  adherirnos a ella?, la respuesta es que todo ello es falso.

Es probable que la Corte Internacional de Justicia de La Haya, emita su fallo el 2013. No tendría ningún efecto jurídico el adherirnos apresuradamente, ya que el hacerlo demanda dos legislaturas ordinarias para aprobar un tratado y adherirnos nos llevaría hasta el 2014, por  lo que se evidencia más bien  un deseo traidor de compensar a chile frente a un fallo que recuperaríamos los 37,900 kilómetros  cuadrados de territorio marítimo en disputa, ¿Esta traición pretende entonces aguarnos  la fiesta? 



La adhesión del Perú  a la Convención del Mar es incompatible con la Constitución Política del Estado su aprobación significaría una traición de nuestra Cancillería, Congreso de la República  Instituciones Armadas,

 Autoridades gubernamentales , Asociaciones Patrióticas y a la vez constituiría ,  renuncia y mutilación del territorio marítimo, por lo que todo peruano de buen corazón debe oponerse a ella,  la misma que  debe ser entendida como el artilugio de la comunidad internacional para usar y abusar de nuestros recursos marinos contenidos en nuestras soberanas 200 millas marinas y es muy similar a las intención abierta que promueven la tesis de Internacionalización de la Amazonia  aduciendo que los países amazónicos no sabemos cuidar nuestros recursos, lo que resulta inaceptable y afecta nuestra dignidad y soberanía.

Wilson Barrantes Mendoza
General de Brigada

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