“Magistrados dijeron otra cosa”
El ex presidente del Poder Judicial, Vicente Ugarte del Pino, consideró que el fallo del Tribunal Constitucional (TC), que señala que los delitos contra la humanidad no prescriben en el tiempo, tiene una seria contradicción, ya que los mismos magistrados, en un fallo anterior, indicaron que la demanda de inconstitucionalidad contra la Resolución Legislativa (RL) 27998 fue declarada improcedente porque la misma solo podía ser presentada hasta seis meses antes de la fecha de entrada en rigor de dicho tratado.
El TC declaró ayer inconstitucional en parte el Decreto Legislativo 1097, que especificaba que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, aprobada por Resolución Legislativa 27998, rige para el Perú a partir del 9 de noviembre de 2003.
Sin embargo los mismos magistrados fallaron de forma totalmente contraria ante el reclamo de un ciudadano que presentó una demanda de inconstitucionalidad y a quien le contestaron que su reclamo no procedía por haber excedido el tiempo de seis meses.
El TC declaró ayer inconstitucional en parte el Decreto Legislativo 1097, que especificaba que la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, aprobada por Resolución Legislativa 27998, rige para el Perú a partir del 9 de noviembre de 2003.
Sin embargo los mismos magistrados fallaron de forma totalmente contraria ante el reclamo de un ciudadano que presentó una demanda de inconstitucionalidad y a quien le contestaron que su reclamo no procedía por haber excedido el tiempo de seis meses.
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